viernes, 22 de julio de 2011

Ley de Responsabilidad Social de Extremadura

Esta mañana he acudido a una interesante jornada sobre la ley 15/2010 de RSE a la empresa extremeña, en la Cámara de Comercio de Badajoz. En primer lugar gracias a Antonio Serrano, de la Antena Local Montijo por la invitación.

La verdad es que desde que salió la ley no tenía muy claro el objetivo de la misma, ni su necesidad o forma de aplicación. Para esto me ha venido muy bien esta jornada. Muchas gracias a Antonio Campos de GPEX y el Observatorio de Responsabilidad Social de Extremadura y a Pedro Pinilla de la Junta de Extremadura por sus ponencias.

Aún así, y después de las ponencias y la ronda de preguntas, sigo siendo reticente a algunos aspectos de la misma, ya que creo que su aplicación en muchos casos lo único que supondrá será la generación de un gasto y un dolor de cabeza para muchos empresarios por la necesidad de sumar un sello, certificación o denominación en su organización.

Un aspecto muy interesante de las jornadas han sido las exposiciones sobre su experiencia personal de Fernando Ramírez de Potenciación y Desarrollo Empresarial, Pablo Andrada de Solaria Energías Renovables, Javier Carbonell de OGESA, y Eduardo Cordero de Luminova. De su experiencia personal he aprendido mucho y me han quedado muchas cosas claras. Gracias.

Para poner un poco de orden os comento mi opinión personal, que espero que hagáis crecer y cambiar si fuese necesario con vuestra experiencia y opiniones.

En la medida en que la pertenencia al registro de entidades socialmente responsables conceda beneficios fiscales, de contratación, etc. esta presencia se convertirá en una necesidad competitiva y no en un aliciente para fomentar una actitud. Ejemplo de ello es proliferación de sellos de calidad que no va pareja a la proliferación de calidad.
Las organizaciones están formadas por personas por lo que la RSE será el reflejo de la RS que tengan esas personas, con o sin ley.
¿Qué organismos externos son los adecuados para realizar una auditoría de nuestra RSE? ¿En base a que norma, SA8000, GRI, SG21, EFR, ISO2600, etc.? 

En mi caso creo fielmente en las políticas de RSC, y creo que una empresa que se estructure en esta mentalidad, sin perder nunca la visión económica que todo proyecto empresarial tiene que tener, será competitiva y aportará un valor especial a todos sus proyectos. Pero también creo que no se puede legislar la forma de pensar del empresario y que serán los diferentes agentes que se relacionan con la empresa los que vayan premiando o castigando esta forma de pensar.

También creo, y de eso han hablado alguno de los ponentes, que la necesidad de una certificación en RS no tiene que responder más que a la necesidad de estructurar algo que ya existe en la organización, y no a estrategias de marketing o a necesidades competitivas creadas por la administración.

La principal responsabilidad social de una empresa es seguir viva, que en los momentos que corren no es poco, si bien esto se puede hacer de muchas formas, como comentaba Juan Carbonell, por ejemplo con los ERE.

Yo creo que la RSE no tiene que ser una estrategia de la empresa, igual que no lo tiene que ser ser buena gente, y algo no anda bien si hay que hacer una ley para que los empresarios sean conscientes de su responsabilidad con la sociedad de la que forman parte. De todas formas mi postura ante esta nueva ley no es ni a favor ni en contra, vamos a ver como se pone en práctica y el impacto real de la misma en los empresarios y las empresas de la región.

Una última duda: ¿Dónde quedan los autónomos dentro de esta ley?

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